JEAN-JACQUES
ROUSSEAU. DEL
CONTRATO SOCIAL
CONTEXTO
HISTÓRICO
Rousseau publica el Contrato
social en 1762 en plena época de la Ilustración, época
histórica y movimiento cultural que se desarrolló desde fines del
s. XVII hasta el inicio de la Revolución francesa, especialmente en
Francia e Inglaterra y que en algunos países se prolongó hasta
principios del siglo XIX y se caracteriza en que el hombre a través
de la razón se impone sobre la naturaleza a través de los avances
científicos. La racionalidad se impone por encima de otros discursos
como la religión o el arte. La reflexión sobre la libertad y la
dignidad humana contribuirá a cambiar las mentalidades. El siglo
XVIII será conocido como el siglo de las luces porque trajo luz
sobre las tinieblas de la humanidad.
CONTRATO
SOCIAL
Si ha de haber una
administración legítima, ésta es tomando a los hombres tal como
son y las leyes tal como pueden ser y que la justicia y la utilidad
no estén separadas. El hombre nace libre por naturaleza y si es
esclavo está justificado que recobre su libertad o no era
justificado que fuera esclavo. El orden social no viene por
naturaleza sino por convenciones. La primera asociación natural es
la familia y cuando los hijos pueden depender de ellos mismos y
siguen viviendo con sus padres entonces se convierte en una
asociación por convención. La relación de esclavitud no es natural
puesto que los primeros esclavos fueron hechos a la fuerza y los
siguientes por costumbre y consentimiento. Por lo que respecta a la
ley del más fuerte, nunca nadie es el más fuerte para siempre y una
vez desaparece éste ya no hay que obedecer por deber. Por lo tanto,
la fuerza no constituye ningún derecho. Renunciar a la libertad del
hombre es renunciar a los deberes y a los derechos de la cualidad de
hombres. Grocio justifica el derecho de esclavitud de la guerra pero
los hombres no son por naturaleza enemigos sino que viene determinado
por el estado de cosas, no la relación de hombre a hombre sino de
estado a estado y la de sus soldados que los representan. El hacer
esclavo a uno a cambio de su vida no supone el fin de la guerra sino
la continuación de ésta.
Siempre habrá una
diferencia entre someter una multitud y regir una sociedad. Aunque
sea subyugado a una persona, una vez muerto éste queda disperso su
imperio. Aunque un pueblo decida entregarse a un rey será por una
decisión previa suya, la cual es a través de la convención del
sufragio. En el contrato se realiza una asociación que consigue la
seguridad de todos sin cuartar la libertad de cada uno y donde todos
tienen los mismos derechos y obligaciones, produciendo así un cuerpo
moral y colectivo. Sobre el cuerpo político, el pueblo soberano, no
puede haber una ley en la que se de otro soberano o a un particular
porque violaría el acto por el cual existe. Además, el soberano,
por ser lo que es nunca perjudica al individuo y aunque éste pueda
no estar conforme al primero se encuentra obligado por la voluntad
general a obedecer pues sólo dándose a la patria se asegura su
libertad e independencia personal. Rousseau distingue entre el
derecho natural y el derecho por contrato social. Al pactar el hombre
convivir en sociedad pierde lo que tenía de libertad natural y que
podía tomar o ser tomado por la fuerza pero a la vez adquiere por
otro lado la seguridad de la igualdad y el derecho a la propiedad que
será respetado por los otros. Distingue los criterios por los cuales
un hombre adquiere una propiedad si la trabaja y sólo la parte que
necesite para ello y los distingue de las usurpaciones de conquista
como las producidas en Sudamérica cuando la colonización. Cabe
señalar que con el contrato social los hombres dejan de
diferenciarse según su fuerza y habilidad para convertirse en
sujetos iguales delante de la ley y eso asegura también un principio
moral. Rousseau dice que la soberanía es indivisible y que ésta
viene determinada por el interés común y la voluntad general y para
que sea así la soberanía ha de ser de todos y no sólo de uno o de
unos pocos (dictadura u oligarquía). Critica que algunos políticos
no pudiendo separar el principio indivisible de la soberanía,
separan su objeto, distinguiendo entre poder ejecutivo y poder
legislativo, en derechos de impuesto, de justicia, guerra, etc, para
poderlo separar en piezas y desvirtuar la soberanía para luego
volverlo a unir en uno solo. Esto se debe a no haber entendido la
noción de soberanía. Aunque se busca la voluntad general puede
ocurrir que haya asociaciones parciales que hagan que prevalga la
voluntad de particulares y para impedir ésto Rousseau propone que se
multipliquen las asociaciones y así desaparezcan las desigualdades,
pues sólo de la multiplicidad de intereses particulares puede haber
una voluntad general. A pesar del contrato social el individuo no
pierde toda su libertad natural puesto que lo que él debe para con
el interés común, el poder soberano no puede actuar sobre él más
de lo que podría actuar sobre otro y por lo tanto pierde en
independencia natural y de su fuerza, la cual podría ser sobrepasada
por otro u otros, en favor de la fuerza de la unión social. Esta
unión social no interfiere en el ámbito de lo privado de los
particulares siempre que lo privado no interfiera en lo público. El
contrato social no impide que nadie se quite la vida pero si que
busca la conservación de sus miembros aunque en algunos casos se
pueda condenar a alguien a muerte por ser considerado como enemigo
del estado. Por otro lado, el soberano es considerado como el cuerpo,
pero para que este cuerpo se mueva necesita de leyes que sólo serán
creadas por la voluntad general y para el bien común y nunca para el
bien de unos pocos. El legislador es quien debe redactar las leyes,
persona de gran genio, pero no es quien debe tener el poder de
ejecutarlas sino el soberano o el príncipe para garantizar la
imparcialidad. Las leyes no se aprobarán sin el consenso de la
mayoría. En los pueblos hay que saber el momento de poner leyes,
porque o bien son aun inmaduros para imponerlas o bien es demasiado
tarde y la serie de tradiciones y prejuicios lo impiden. Rousseau
también piensa que los estados mejores son los que no son ni
demasiado pequeños ni demasiado grandes y que son más manejables
los que son pequeños porque en los grandes las leyes que valen para
una zona puede no servir para otra zona por diversos motivos de
cultura, clima, etc. Es mejor para un buen estado una buena
constitución que un gran territorio.
El fin de toda legislación
debe ser la libertad y la igualdad. Libertad porque toda dependencia
quita fuerza al estado e igualdad porque ésta no se entiende sin la
primera. En la igualdad el poder debe velar para quedar por encima de
toda violencia y no se ejerza sino en virtud a las leyes. En cuanto a
la riqueza nadie debería ser tan rico como para comprar a otro
hombre ni tan pobre como para venderse a unos mismo. Rousseau admite
que ésto puede sonar a quimera y se tienda al abuso, pero con más
razón la legislación debe mantener la igualdad. Una constitución
sólida y duradera se consigue cuando las relaciones naturales y las
leyes coinciden, sino el Estado no dejará de verse agitado hasta
verse destruido o cambiado. De leyes las hay de cuatro tipos:
fundamentales que son que ordenan el todo de la cosa pública pero
que siempre pueden ser cambiadas por el pueblo; las de relación
entre los miembros o también llamadas leyes civiles para los
ciudadanos; las leyes criminales que son la desobediencia de la
anteriores; y unas cuartas que son los hábitos, costumbres y
opiniones que son las más duraderas. El soberano establece las leyes
(poder legislativo) y el gobierno que hace de intermediario entre el
estado y el soberano, las ejecuta (poder ejecutivo). El gobierno es
el que mantiene la libertad civil y la política. El estado existe
por si mismo, mientras que el gobierno existe por el soberano y es
por eso que la voluntad del gobierno debe ser la voluntad general,
pues de lo contrario se desvanecería la unión social y el cuerpo
político. Rousseau comenta que un gobierno donde hay muchos
magistrados disminuye la fuerza de éste y cuando disminuyen los
magistrados aumenta la fuerza del gobierno pero se cae en el peligro
de que prevalga la voluntad particular del magistrado o de los pocos
de ellos en perjuicio de la voluntad general del soberano. Es por
este motivo que hay que intentar encontrar el equilibrio entre estos
dos extremos. De las distintas formas de gobierno Rousseau distingue
tres principales: la primera es donde hay tantos magistrados como
ciudadanos (democracia); la segunda donde hay más ciudadanos que
magistrados (aristocracia) y la tercera donde hay un solo magistrado
(emperador). De éstos dice que puede variar o mezclarse en función
de las circunstancias y acaba diciendo que para los estados pequeños
es mejor la democracia, para los medianos la aristocracia y para los
grandes la monarquía, aunque siempre según las circunstancias. No
es bueno que quien haga las leyes las ejecute porque se caería en el
peligro de hacer leyes para el interés particular. Rousseau cree que
nunca podrá existir una verdadera democracia porque siempre habrá
una mayoría que gobierne y una minoría gobernada. Además, el
soberano debe vigilar que para que haya igualdad se debe eliminar el
lujo porque envilece a quien lo tiene y a quien no. Rousseau cree que
el mejor gobierno es la aristocracia electiva, elegida entre los
mejores y por méritos que aunque apuesta por la igualdad también
cree que no puede haberla de manera absoluta sino con cierta equidad.
Esta equidad se determina con moderación en los ricos y conformidad
en los pobres. En cuando a la monarquía, el poder legislativo y
ejecutivo recae sobre el rey, haciendo un gobierno con más vigor
pero también puede propiciar unos intereses particulares contrarios
a la voluntad general. Con todo, Rousseau critica la linea de
sucesión porque eso puede llevar a ser gobernados por niños,
monstruos o personas incompetentes. En este caso lo más normal es
que ocurra una de estas cosas. En cualquier caso, no hay gobiernos
simples en sí, sino que siempre son mixtos porque un jefe debe tener
magistrados y un gobierno popular debe tener un jefe. Es preferible
el gobierno simple en sí por ser simple pero hay que vigilar que su
gobierno no sea demasiado débil ni demasiado fuerte, re-unificando
el poder o dispersándolo según el caso. El tipo de gobierno puede
variar según una serie de circunstancias como la extensión del
estado, el clima, la fertilidad del terreno o el tipo de gente que en
ella vive. Todas esas cosas determinan cómo debe ser aunque en
general asocia la democracia con los estados pequeños, aristocracia
con los medianos y monarquía con los grandes como ya se ha dicho más
arriba. Para Rousseau, un signo de buen gobierno será aquel en el
que aumenta y conserva su población y malo aquel en que disminuye o
degenera. Un gobierno tiende a degenerar cuando el príncipe
(gobernante/s) oprime al soberano y rompe el tratado social. Degenera
de dos maneras; una, cuando se restringe el gobierno pasando de
democracia a aristocracia y de ésta a realeza; y dos, cuando el
gobierno se vuelve amo y tirano y se rompe la soberanía que cae en
manos de uno o que los miembros del gobierno usurpan el poder de
manera separada y hay tantos príncipes (gobernantes) como
magistrados lo cual produce un gran desorden y desemboca en la
anarquía. Todo gobierno tarde o temprano debe morir pero también es
cierto que puede durar mucho tiempo si se hace un buen gobierno en
que la política pase por la autoridad soberana. El estado subsiste
gracias al poder legislativo y no por las leyes y en un estado en que
las leyes envejecen y se debilitan es signo de que no hay poder
legislativo real. El soberano debe cada cierto tiempo reunirse para
realizar asambleas, pues no basta con que hayan establecido unas
leyes para el gobierno y los magistrados, sino que además deben
reunirse de manera periódica para revisar todo ésto en asambleas
jurídicas y poder ejercer su poder legislativo. Cuando el soberano
se reúne legítimamente debe cesar la jurisdicción del gobierno
porque donde está el representado no debe haber representante.
Rousseau no cree que deba haber representantes que hagan la función
del soberano pues éste pierde al momento su libertad y se antepone
el interés de otro particular (el primer era el gobierno) antes que
la voluntad general del pueblo. El soberano crea las leyes y el
príncipe (los magistrados) las ejecutan y no sería bueno que el
soberano las hiciera y las ejecutara porque sería presa de la
violencia. Cuando el soberano da al príncipe el poder de ejecutar
las leyes no se subordina a él como en un contrato de desigualdad
sino que es una asociación de igualdad. Es el soberano el que
establece como ley que haya un gobierno que ejecute las leyes
mediante unos encargados que se deciden, no como ley, sino como acto
particular del gobierno pero antes de que éste sea establecido, con
lo cual aquí el soberano se transforma por un momento de legislativo
en ejecutivo y actúa de príncipe o magistrado. Así que el acto que
constituye al gobierno no es un contrato sino una ley y los
gobernantes elegidos no son los dueños del pueblo sino sus
servidores, que pueden ser nombrados o destituidos en cualquier
momento. Cuando el pueblo elige un gobierno hereditario, monárquico
o aristocrático, da una forma temporal a la administración hasta
que decide cambiarla. Hay que vigilar que quien gobierna no intente
impedir el derecho del soberano a reunirse para mantener de manera
ilegítima el poder. La voluntad general, al ser un todo común es
muy difícil engañarla con sutilezas políticas por ser sencilla y
siempre elegirá lo mejor para el bien común excepto cuando los
intereses particulares de los hombres hacen que se fije más en éstos
que en aquel. Para Rousseau, cuando más unanimidad hay en las
asambleas más domina la voluntad general en el estado y cuando menos
unanimidad es porque el estado está en decadencia y dada a los
intereses particulares. Dicho ésto, a la única ley a la que hay que
acordar completa unanimidad es la del pacto social, pues es para el
bien general. Las demás leyes, cuando más generales es mejor que
haya mayor unanimidad y cuando sólo sean asuntos, aunque sea por un
voto de diferencia basta. De la elección del príncipe y los
magistrados en las elecciones Rousseau piensa que son de dos
maneras, por suerte y por elección siendo la primera sólo posible
en una democracia que para Rousseau en sentido puro no existe ninguna
democracia. Por otro lado, el tribunado es una magistratura
intermedia entre el gobierno ejecutivo o príncipe y el legislativo y
soberano para impedir el abuso del primero para con el segundo o
sostener el segundo contra el primero y su función es la de
conservador de las leyes aunque él mismo no tenga ningún poder
porque no forma parte constitutiva de la ciudad. A veces ocurre que
para salvar al estado por circunstancias muy especiales hay que
otorgar todo el poder a una sola figura, dictadura que no suple al
soberano pero lo hace callar. Rousseau cree que si ésto ocurre, la
duración de la dictadura no debe pasar de los seis meses porque sino
se vuelve vana o tiránica.
Si la voluntad general se
hacer por la ley, el juicio público se hace por la censura. Si se
corrigen las opiniones de los hombres y sus costumbres se depurarán
por si mismas. Las opiniones de un pueblo nacen de su constitución y
cuando se debilita la legislación las costumbres degeneran. Así
pues, la censura mantiene las costumbres impidiendo que se corrompan
las opiniones. Por último, sobre la religión, Rousseau piensa que
en toda la historia de la humanidad siempre ésta ha estado asociada
al poder y que los pueblos vencedores imponían su religión a los
vencidos o como los cristianos, que acabaron imponiendo la suya y
donde su jefe visible ha sido un déspota. Distingue tres tipos de
religiones: la interna, teista y espiritual; la cultural o ritual,
que varía según el sitio y una tercera religión, la de los lamas,
los japoneses y cristianismo romano, donde hay dos jefes, dos patrias
y donde se les impide ser a la vez devoto y ciudadano. Políticamente
las tres son malas. La tercera porque rompe con la unidad social. La
segunda porque asocia las leyes al culto y las hace caer en la
superstición, el error y el engaño, donde la religión acaba siendo
un vano ceremonial además de poder llegar a ser sanguinaria e
intolerante. En cuanto a la primera, a la del evangelio, como se
tiene el fin puesto en el otro mundo no realizan las cosas para el
espíritu social sino al contrario y además con profunda
indiferencia sobre el éxito o no. Sin embargo, al soberano no le
importa lo que los súbditos crean en materia de religión en lo que
respecta a lo moral porque el soberano no tiene competencia en lo que
pasa después de la vida del individuo mientras sean buenos
ciudadanos en ésta. Para Rousseau los dogmas de religión deben ser
sencillos, pocos y explicados de manera sencilla como los de la
existencia de la Divinidad todopoderosa, la vida, la felicidad de los
justos, el castigo de los malos, la santidad del contrato social y de
las leyes. Estos son los dogmas positivos y los negativos serían los
que hablan sobre intolerancia religiosa que impiden la convivencia
social. Rousseau cree que no debe haber religión nacional exclusiva
y se deben tolerar las que toleran a las otras y que tengan dogmas
nada contrarios a los deberes del ciudadano.
No hay comentarios:
Publicar un comentario